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Autoriza a uninvoice.app para informar en tu nombre

Antes de que uninvoice.app pueda remitir tus registros de factura a la AEAT bajo Veri*Factu, tienes que autorizarnos para hacerlo en tu nombre. Es un paso único que completas tú mismo con tu certificado electrónico.

La vía habitual es firmar un documento de autorización. uninvoice.app es colaborador social de la AEAT, así que nos autorizas firmando con tu certificado el propio modelo de la Agencia Tributaria, sin salir de uninvoice.app. No tienes que hacer ningún trámite en la Agencia Tributaria, y surte efecto en cuanto el documento firmado supera nuestras comprobaciones. Si prefieres registrar tú un apoderamiento en la AEAT, esa alternativa es igual de válida jurídicamente y sigue disponible.

Esta página compara las dos, recorre cada una paso a paso y explica qué ocurre dentro de uninvoice.app mientras tu autorización está en camino.

La vía habitual y la alternativa​

Firmar un documento de autorización (habitual)Apoderar en la Agencia Tributaria (alternativa)
Qué esEl modelo normalizado de autorización de la AEAT, en el marco de la colaboración social, firmado por ti y custodiado por nosotrosUn apoderamiento registrado en la AEAT a favor de nuestro NIF
Dónde se haceEn uninvoice.app, firmando el documento en tu ordenadorEn la propia sede de la AEAT
Qué necesitasTu certificado electrónico y AutoFirmaTu certificado electrónico o Cl@ve
Cuándo surte efectoEn cuanto el documento firmado supera nuestras comprobacionesCuando nuestra comprobación diaria con la AEAT lo confirma, normalmente al día siguiente
Cambiarla o terminarlaEscríbenos y lo hacemos por tiRevocando el poder en la AEAT; escríbenos para cambiar de vía

Firmar un documento de autorización es posible porque uninvoice.app es colaborador social de la AEAT (con un acuerdo de Tipo 017). En el marco de ese acuerdo nos autorizas directamente, con el propio modelo de la Agencia Tributaria firmado con tu certificado, y no hay que registrar nada en la AEAT: custodiamos el documento firmado y solo lo aportamos si la Agencia Tributaria nos lo requiere. Así trabajamos con nuestros clientes: todos los pasos se hacen en uninvoice.app, no tienes ningún trámite propio que completar en la Agencia Tributaria, y no hay que esperar a que confirme nada.

Apoderar es la alternativa, y la vía que conocen la mayoría de las asesorías: el poder reside en el registro de la AEAT, puedes consultarlo o revocarlo allí cuando quieras, y la AEAT lo valida cada vez que remitimos un registro en tu nombre. Elígela si prefieres que la autorización conste en el propio registro de la AEAT.

En cualquiera de los dos casos, hasta que nos autorices, uninvoice.app no puede emitir facturas españolas en tu nombre. Consulta Hasta que nos autorices más abajo.

Cuándo se te pide​

Elegir cómo nos autorizas forma parte del registro de tu empresa, porque un emisor español no puede enviar nada a la Agencia Tributaria hasta que esto esté hecho. Justo después de los datos de tu empresa, el registro pregunta ¿Cómo prefieres autorizarnos? con Firmar un documento de autorización ya seleccionada y marcada como Recomendada. Continúa con ella, o elige Apoderar en la Agencia Tributaria en su lugar. Tu empresa queda registrada con esa elección.

La vía que elijas queda asociada a tu empresa. El apoderamiento y el documento firmado son dos mecanismos jurídicos distintos, así que no se cambia de uno a otro por tu cuenta. Si alguna vez necesitas cambiar de vía, o terminar una autorización, escríbenos y lo haremos por ti.

Otorgarla puede esperar. El registro termina en cuanto están los datos de tu empresa y tu elección, y se abre toda la aplicación: clientes y proveedores, gastos, proformas, plantillas, cuentas bancarias, informes, la API y el acceso de agentes. Lo único que espera es la emisión de facturas españolas. Los pasos posteriores a tu elección ofrecen Lo haré más tarde, el aviso sobre tus facturas y proformas te lleva de vuelta a ellos, y al iniciar sesión vuelves mientras tu autorización siga pendiente de completar.

Si tu empresa no está establecida en España, nada de esto aparece. El registro es el único paso de datos de empresa que ha sido siempre.

Quién debe hacerlo​

Solo necesitan esta autorización los emisores establecidos en España.

Si no eres un obligado tributario español, ninguna de las dos vías se aplica a ti. La aplicación te lo indicará en la página de autorización.

Además, debes ser un contribuyente que informa bajo Veri*Factu (no SII).

La vía habitual: firmar un documento de autorización​

uninvoice.app es colaborador social de la AEAT, con un acuerdo de Tipo 017 entre la Agencia Tributaria y Curried Software S.L.U. La normativa española permite que un obligado tributario autorice directamente a un colaborador social firmando el modelo normalizado de autorización de la Agencia Tributaria (el Anexo I de la Resolución de 18 de diciembre de 2024), en lugar de apoderarlo ante la AEAT.

El modelo te identifica como quien otorga la autorización (Otorgante) y a nosotros como quien la acepta (Representante). No se presenta en ningún sitio: lo custodiamos nosotros y solo lo aportamos si la Agencia Tributaria nos lo requiere. Por eso lo comprobamos con tanto cuidado cuando nos llega, como se explica más abajo.

Deja seleccionada Firmar un documento de autorización cuando el registro te pregunte cómo quieres autorizarnos y sigue estos pasos.

1. Dinos quién va a firmar​

El formulario, ¿Quién firma la autorización?, solo pregunta lo que tu registro no responde. El nombre y el NIF de tu empresa salen de los datos que ya registraste y no se pueden editar aquí: el documento tiene que identificar al obligado tributario cuyas facturas vamos a enviar.

  • Si eres autónomo, nos autorizas en tu propio nombre, así que el formulario solo te pide tu nombre tal y como figura en tu certificado, y te deja corregir el domicilio que imprime el documento.
  • Si eres una sociedad, te autoriza la persona que firma por ella, así que el formulario pide su nombre completo, su NIF personal y su domicilio fiscal.

El NIF del formulario tiene que ser el del certificado con el que firmes. Si no coinciden no podremos aceptar el documento, y la aplicación te lo dirá.

Cuando los datos estén bien, pulsa Preparar el documento.

2. Descarga el documento y fírmalo en tu ordenador​

Rellenamos el modelo de la Agencia Tributaria, firmamos nuestra parte y te lo damos para descargar. El documento ya lleva nuestra firma: el modelo tiene dos recuadros de firma, Otorgante y Representante, y el que dice que aceptamos la representación que otorgas se firma antes de que el archivo llegue a ti.

Prepararlo tarda un momento, así que la página te avisa cuando está listo. Puedes cerrarla y volver: el documento te espera.

Fírmalo con tu certificado electrónico usando AutoFirma, la herramienta que indica la propia AEAT, en el formato PAdES que produce por defecto. AutoFirma añade tu firma junto a la nuestra en un documento que ya está firmado, que es lo que hace por defecto con cualquier PDF firmado: abre el archivo que has descargado y fírmalo tal cual. No lo conviertas, ni lo imprimas, ni lo guardes antes desde otro programa. Una herramienta que reconstruye el archivo en vez de añadirle la firma elimina la nuestra, y no podemos aceptar un documento que la haya perdido.

Qué certificado depende de quién autoriza:

  • Un autónomo firma con su certificado personal.
  • Una sociedad firma con su certificado de representante de persona jurídica. Aquí se rechaza un certificado personal, porque no acredita que quien firma pueda actuar por la sociedad.

No cambies nada del documento. Ni el nombre, ni el NIF, ni la fecha. Comprobamos que lo que vuelve es byte a byte el documento que preparamos, y uno editado se rechaza. Es deliberado: es lo que impide que una firma ampare un documento que dice algo distinto de lo que generamos.

3. Sube el archivo firmado​

Se sube en el mismo paso. Lo comprobamos antes de guardar nada, y un documento que no cuadra se rechaza en lugar de custodiarse. Estos son los motivos que puedes ver:

Lo que dice la aplicaciónQué hacer
Ese no es el documento que preparamosDescárgalo otra vez y fírmalo sin editarlo.
Solo lleva nuestra firmaHas subido el archivo tal como te lo dimos. Fírmalo antes con tu certificado.
Tu herramienta de firma ha reconstruido el archivoHa sustituido el documento en vez de añadirle la firma, así que la nuestra ya no está. Vuelve a firmar el archivo descargado eligiendo la opción que añade una firma a un PDF ya firmado.
Ese archivo no lleva nuestra firmaDescarga otra vez el documento desde la aplicación y firma ese mismo archivo.
Nuestra propia firma ya no es válidaEl documento ha cambiado después de prepararlo. Descárgalo otra vez y fírmalo tal cual.
Ese archivo no lleva firmaFírmalo con AutoFirma antes de subirlo.
No podemos leer esa firmaFirma con AutoFirma, que produce el formato esperado.
La firma no cubre todo el documentoVuelve a firmar el archivo descargado, sin cambios.
La firma no cuadraEl archivo se modificó después de firmarlo. Empieza otra vez desde la descarga.
El certificado pertenece a otro NIFFirma con el certificado de la persona indicada, o cambia los datos y prepara un documento nuevo.
Ese es un certificado personalEstás firmando por una sociedad, así que necesitas su certificado de representante.
No reconocemos quién emitió tu certificadoFirma con un certificado cualificado de un prestador español, y asegúrate de que AutoFirma incluye la cadena completa del certificado.
Tu certificado ha caducadoRenuévalo y vuelve a firmar el documento.

4. Normalmente, ya está​

Parte de lo que comprobamos es tu certificado: no solo que la firma sea correcta, sino que quien emitió el certificado sea una autoridad de certificación que reconocemos. Para eso sirve firmar con un certificado cualificado y no con cualquier archivo capaz de producir una firma.

Si todo cuadra, la autorización surte efecto en ese momento y ya puedes emitir facturas españolas. Si no, la subida se rechaza ahí mismo indicando el motivo y no se guarda nada: no te quedas esperando algo que nunca iba a salir.

Hay un caso en el que sí esperas. Si todavía no podemos comprobar certificados de forma automática, la autorización figura como pendiente mientras una persona revisa el tuyo, igual que un apoderamiento a la espera de la comprobación de la Agencia Tributaria. La aplicación te lo indica en la página, y te avisamos por correo cuando surta efecto.

Cómo cambiarla o terminarla​

Esta autorización no se termina ni se cambia desde la aplicación. Escribe a [email protected] desde una cuenta de la empresa y lo haremos por ti: retiramos la autorización y, si pasas al apoderamiento, dejamos preparada esa vía para que lo otorgues. El documento firmado se conserva: es una prueba que podrían requerirnos, así que lo que se registra es que la autorización terminó, no que no existió nunca. Al retirarla se vuelve a bloquear la facturación española hasta que la nueva autorización esté en vigor.

La alternativa: apoderar en la Agencia Tributaria​

Registras un apoderamiento en la AEAT a favor del NIF de la entidad productora del software:

  • El poder reside en la AEAT, otorgado por ti a favor del NIF de la entidad productora del software.
  • Puedes otorgarlo, consultarlo y revocarlo tú mismo en cualquier momento desde la AEAT.
  • La AEAT valida ese poder cada vez que remitimos un registro en tu nombre, por lo que su registro es siempre la fuente de referencia.

Quién recibe el poder​

El poder se otorga a favor del NIF de la entidad productora del software, no a una persona. En uninvoice.app es:

Entidad productoraCurried Software S.L.U.
NIFB75929299

Usa este NIF como apoderado (representante) al registrar el poder en la AEAT.

Otorgar el poder, paso a paso​

1. Confirma que te aplica​

Eres un obligado tributario español que informa bajo Veri*Factu (no SII). En caso de duda, consúltalo con tu asesor fiscal.

2. Otorga el poder en la AEAT​

Esto se hace una sola vez, en la sede de la AEAT, firmado con tu certificado electrónico o Cl@ve. Son unos minutos. Como lo firmas en el registro de la AEAT, el poder queda inscrito ante la Agencia Tributaria: una casilla dentro de una aplicación web no sustituye este paso.

Sobre las capturas

Muestran la sede de la AEAT, no uninvoice.app, así que reflejan el aspecto que tenía el sitio cuando se escribió esta guía. El Poderdante que aparece en ellas es un ejemplo: en tu caso saldrán tu NIF y tu nombre.

2.1 Abre el trámite de apoderamiento​

Entra en Apoderamiento para la realización de trámites y actuaciones en materia tributaria por Internet en la Sede Electrónica de la AEAT y, en Gestiones, pulsa Alta de poder mediante identificación electrónica.

La página del trámite de apoderamiento de la AEAT, con «Alta de poder mediante identificación electrónica» como primera entrada de Gestiones

2.2 Identifícate​

Elige cómo identificarte: Cl@ve Móvil, Certificado o DNI electrónico o el acceso para ciudadanos de la UE (eIDAS).

Identifícate como el obligado tributario que emite las facturas, que es quien otorga el poder. En una sociedad, eso significa el certificado de la propia sociedad, o el de alguien ya apoderado para actuar por ella.

La pantalla de identificación de la AEAT con Cl@ve Móvil, certificado o DNI electrónico y acceso eIDAS

2.3 Elige un poder para trámites específicos​

La AEAT pregunta si otorgas un poder general para trámites tributarios o uno para trámites concretos. Pulsa Alta de poder para trámites tributarios específicos: el poder general también sirve, pero el específico otorga solo lo que necesita la remisión de registros de facturación y nada más.

La pantalla de la AEAT con las opciones de poder general o poder para trámites específicos, a punto de pulsar la específica

2.4 Cambia el selector de trámites a modo árbol y luego rellena el formulario​

Haz el cambio antes de escribir nada: el selector empieza en vista de lista, que te pide buscar por nombre o por procedimiento, y cambiarlo recarga el formulario y borra todo lo que ya hayas introducido. Pulsa Visualizar los trámites en modo árbol, que es el camino más corto hasta el trámite que necesitas.

Con el árbol a la vista, rellena el formulario:

  • NIF del Apoderado: escribe B75929299. Es el único dato que tienes que conocer de antemano.
  • Fecha fin de la autorización: opcional. Si la dejas vacía, el plazo es de cinco años (art. 6.6 de la Ley 39/2015).
  • Apoderamiento por absorbente: déjalo en No salvo que lo otorgues como sociedad absorbente de una fusión.
  • Poderdante lo rellena la AEAT con la identidad con la que te has identificado. Comprueba que es el obligado que emite las facturas.

El formulario de poder específico con el NIF del apoderado B75929299, una fecha de fin y el enlace que cambia el selector a modo árbol

2.5 Abre Impuestos, tasas y prestaciones patrimoniales y luego IVA​

El árbol agrupa todos los trámites que la AEAT permite apoderar. Despliega Impuestos, tasas y prestaciones patrimoniales, la primera entrada.

El árbol de trámites con sus grupos de primer nivel, a punto de desplegar el de impuestos y tasas

Dentro, despliega IVA. La remisión de registros de facturación cuelga del IVA, no del Impuesto sobre Sociedades, sea cual sea el impuesto que pague tu negocio.

El grupo de impuestos desplegado, con IRPF, IVA, Sociedades y el resto, a punto de desplegar IVA

2.6 Marca Sistemas informáticos de facturación y Veri*Factu​

Baja dentro del grupo de IVA hasta SISTEMAS INFORMATICOS DE FACTURACION Y VERI*FACTU y marca su casilla. Marca el grupo entero: representa a todos los trámites que contiene, así que no hace falta desplegarlo ni elegirlos uno a uno.

El grupo de IVA desplazado hasta la entrada de sistemas informáticos de facturación y Veri*Factu, marcando su casilla

Con la casilla marcada, pulsa Aceptar.

La misma entrada ya marcada, a punto de pulsar el botón Aceptar

2.7 Revisa los trámites y firma​

La AEAT despliega el grupo en los cinco trámites que abarca y te los muestra para confirmarlos, cada uno con su propia fecha de fin:

CódigoQué cubre
IZ860Remisión y consulta de registros de facturación por servicio web
IZ861Consulta de registros de facturación
IZ862Emisión de facturas mediante la aplicación de facturación de la AEAT
IZ863Consulta de facturas emitidas por la aplicación de facturación de la AEAT
IZ864Aportar autorización

Otorgar los cinco es lo que hace marcar el grupo, y es como está probada esta guía. Si prefieres acotarlo, el que usa uninvoice.app es IZ860: por ahí se remiten los registros y por ahí se le pregunta a diario a la AEAT si el poder sigue vigente. IZ862 e IZ863 se refieren a la aplicación de facturación de la propia AEAT y no tienen nada que ver con uninvoice.app.

Comprueba que el Apoderado es B75929299 - CURRIED SOFTWARE SL, pulsa Firmar Enviar y firma con tu certificado o Cl@ve. La AEAT confirma la inscripción en pantalla, y el poder queda vigente desde ese momento.

La tabla de confirmación con los trámites IZ860 a IZ864 y sus fechas de fin, sobre el botón de firmar y enviar

3. Confírmalo en uninvoice.app​

Abre Empresa → Apoderamiento VeriFactu y pulsa «Ya he otorgado el poder». El estado pasa a Pendiente de verificación, no directamente a apoderamiento activo.

La tarjeta de apoderamiento VeriFactu en la página Empresa, con el estado «Sin apoderamiento» junto al botón «Ya he otorgado el poder»

El botón solo registra que has completado el trámite en la AEAT. No es la autorización en sí, ni levanta por sí solo el bloqueo de emisión: tu palabra no es prueba, y la autorización real es el poder registrado en la AEAT.

Lo que levanta el bloqueo es que la AEAT acepte que podemos actuar por tu NIF. uninvoice.app se lo pregunta una vez al día, así que la confirmación puede tardar hasta un día. Cuando la AEAT confirma el poder, el estado pasa a Apoderamiento activo, te avisamos por correo y ya puedes emitir facturas. Hasta entonces, la emisión sigue bloqueada.

4. Sigue facturando​

A partir de entonces, cada factura que emites genera su registro encadenado por hash, incluye el código QR y la marca VERI*FACTU en el PDF, y se remite a la AEAT automáticamente. No tienes que hacer nada factura por factura. Puedes consultar el estado de cada envío desde la propia aplicación.

Hasta que nos autorices​

Para un emisor español (dentro del ámbito) que todavía no nos ha autorizado, uninvoice.app bloquea la emisión: la factura se queda en borrador, no se le asigna número y nunca se envía nada a la AEAT fuera de VERI*FACTU. Lo mismo ocurre mientras la autorización está en camino: un apoderamiento Pendiente de verificación, o un documento firmado que aún estamos comprobando. Podrás emitir con normalidad en cuanto la autorización esté en vigor.

Dos acciones esperan a esto, y en realidad son la misma: emitir una factura y promover una proforma a factura. Todo lo demás sigue funcionando, así que puedes prepararlo todo ahora y emitir en cuanto la autorización surta efecto:

  • escribir y editar borradores, y descargarlos como vista previa con marca de agua
  • crear, editar y enviar proformas
  • clientes y proveedores, gastos y tickets, cuentas bancarias, plantillas
  • informes, la API HTTP y el acceso de agentes por MCP

Nada de esto depende de tu plan: la autorización es cumplimiento normativo, y el cumplimiento está en todos los planes.

Si la AEAT da el poder por revocado​

Esto se aplica solo a la vía alternativa. uninvoice.app pregunta una vez al día a la AEAT si el poder sigue en vigor. Si la AEAT responde que falta o ya no es válido, uninvoice.app marca tu autorización como Revocado por la AEAT y vuelve a bloquear la emisión. Para reanudarla, otorga de nuevo el poder en la AEAT y confírmalo otra vez en la página de apoderamiento, lo que devuelve el estado a Pendiente de verificación hasta que la siguiente comprobación diaria lo confirme.

Un documento de autorización no pasa por esta comprobación, porque no está registrado en la AEAT: sigue en vigor hasta que se retira.

Qué sigue siendo tu responsabilidad​

  • La exactitud de los datos de la factura que introduces sigue siendo tuya como contribuyente.
  • Mantén tu autorización vigente: si dejas de usar uninvoice.app, revoca el apoderamiento en la AEAT, o escríbenos para que retiremos la autorización firmada.

Referencias​